{"id":289,"date":"2020-12-21T09:15:00","date_gmt":"2020-12-21T08:15:00","guid":{"rendered":"http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/?p=289"},"modified":"2020-12-20T19:20:53","modified_gmt":"2020-12-20T18:20:53","slug":"la-fiscalidad-del-seguro-de-decesos-todo-lo-que-necesitas-saber","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/2020\/12\/21\/la-fiscalidad-del-seguro-de-decesos-todo-lo-que-necesitas-saber\/","title":{"rendered":"La fiscalidad del seguro de decesos, todo lo que necesitas saber"},"content":{"rendered":"\n<figure class=\"wp-block-image size-large\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"1024\" height=\"861\" src=\"http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/Ministerio-de-Hacienda.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-1262\" srcset=\"http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/Ministerio-de-Hacienda.jpg 1024w, http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/Ministerio-de-Hacienda-300x252.jpg 300w, http:\/\/www.elcaminomasseguro.es\/blog\/wp-content\/uploads\/2020\/12\/Ministerio-de-Hacienda-768x646.jpg 768w\" sizes=\"(max-width: 1024px) 100vw, 1024px\" \/><\/figure>\n\n\n<p>\u00a0<\/p>\n<p>A pesar de ser uno de los seguros m\u00e1s populares en Espa\u00f1a, no es el m\u00e1s conocido, y especialmente en materia de fiscalidad.<\/p>\n<p>Para que tengas toda la informaci\u00f3n necesaria, vamos a ver los detalles m\u00e1s importantes de la fiscalidad del seguro de decesos en primer lugar en lo que se refiere a las primas pagadas:<!--more--><span style=\"font-size: inherit;\">El precio o prima de tu seguro de decesos no tiene beneficios fiscales en el IRPF.<\/span><br \/>La aportaci\u00f3n o prima est\u00e1 sujeta a dos tipos de recargos de naturaleza tributaria que suelen venir separados en el recibo:<\/p>\n<ul>\n<li>Impuesto sobre Primas de seguro, que es un impuesto que alcanza a todos los seguros menos los de vida y asistencia sanitaria y que en la actualidad es del 6% de la prima o precio del seguro.<\/li>\n<li>Recargo en favor del Consorcio de Compensaci\u00f3n de Seguros, que tiene por finalidad protegerte ante una hipot\u00e9tica liquidaci\u00f3n o quiebra de tu entidad aseguradora.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Ambos tributos se recaudan por las entidades aseguradoras con el recibo de seguro y luego se encargan de ingresarlo por cuenta del asegurado ante el\u00a0<a href=\"https:\/\/www.consorseguros.es\/web\/inicio\">Consorcio de Compensaci\u00f3n de Seguros<\/a>\u00a0o en la\u00a0<a href=\"https:\/\/www.agenciatributaria.es\/\">Hacienda P\u00fablica<\/a>.<\/p>\n<p><span style=\"color: #ff0000;\"><strong>Los criterios se\u00f1alados son orientativos. El tratamiento fiscal vendr\u00e1 determinado por la normativa aplicable y las consultas de la Administraci\u00f3n Tributaria. Para mayor informaci\u00f3n fiscal, debes ponerte en contacto con tu entidad o distribuidor de seguro.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Por otro lado est\u00e1n las prestaciones que otorga el seguro y que son diversas, ya que con el tiempo ha pasado de ser un seguro finalista y dedicado exclusivamente a los aspectos funerarios del fallecimiento de los asegurados, a tener un amplio abanico de coberturas que puede disfrutar toda la familia sin necesidad de que se produzca un fallecimiento. En este apartado la fiscalidad es la siguiente:<\/p>\n<p><strong>PRESTACIONES DE SERVICIOS LIGADOS AL FALLECIMIENTO<\/strong><\/p>\n<p>Todos los servicios funerarios as\u00ed como el resto de servicios ligados al fallecimiento que pudieran venir incluidos en el contrato no est\u00e1n sujetos a tributaci\u00f3n ni en el IRPF del fallecido ni en el Impuesto sobre Sucesiones de los herederos.<\/p>\n<p><strong>PRESTACIONES ECON\u00d3MICAS DERIVADAS DE OTROS SEGUROS QUE PUEDAS CONTRATAR CON TU SEGURO DE DECESOS<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>Seguro de accidentes: Las prestaciones derivadas de un seguro de accidentes est\u00e1n exentas del IRPF en la medida en que se cumplan los siguientes requisitos:<br \/>Seg\u00fan la Direcci\u00f3n General de Tributos es necesario que el seguro cubra exclusivamente el riesgo. de accidente no siendo de aplicaci\u00f3n cuando se cubran otros riesgos dentro del mismo seguro.<br \/>O que el importe no exceda de los l\u00edmites fijados legalmente por el sistema de valoraci\u00f3n de da\u00f1os personales en accidentes de circulaci\u00f3n.<br \/>Si no se cumplen dichos requisitos, la prestaci\u00f3n que recibas del seguro de accidentes ser\u00e1 considerada ganancia patrimonial que deber\u00e1s integrar en la base imponible del IRPF. Si se produjera el fallecimiento de alg\u00fan asegurado que tuviera contratada esta cobertura la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica que perciban los beneficiarios estar\u00e1 sujeta al Impuesto sobre Sucesiones.<\/li>\n<li>Subsidio por hospitalizaci\u00f3n: la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica que recibas mientras est\u00e1s hospitalizado tiene la consideraci\u00f3n de ganancia patrimonial que debes integran en la base Imponible del IRPF.<\/li>\n<li>Subsidio por incapacidad temporal: la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica que recibas mientras est\u00e9s de baja tiene la consideraci\u00f3n de ganancia patrimonial que debes integran en la base Imponible del IRPF.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"wysiwyg-special-text-tabs\"><span style=\"color: #808080;\"><em>En los Territorios Hist\u00f3ricos del Pa\u00eds Vasco, las prestaciones derivadas de seguros por da\u00f1os personales se encuentran exentas hasta 150.000 euros, 200.000 euros si la lesi\u00f3n inhabilitara al perceptor para la realizaci\u00f3n de cualquier ocupaci\u00f3n o actividad o 300.000 euros si, adicionalmente, el perceptor necesitara de la asistencia de otra persona para los actos m\u00e1s esenciales de la vida diaria. Adem\u00e1s, no se requiere que el seguro cobra exclusivamente el riesgo de accidente para tener derecho a la exenci\u00f3n.<\/em><\/span><\/p>\n<p><span style=\"color: #ff0000;\"><strong>Los criterios se\u00f1alados son orientativos. El tratamiento fiscal vendr\u00e1 determinado por la normativa aplicable y las consultas de la Administraci\u00f3n Tributaria. Para mayor informaci\u00f3n fiscal, debes ponerte en contacto con tu entidad o distribuidor de seguro.<\/strong><\/span><\/p>\n<p>Esta informaci\u00f3n se ha obtenido del blog de UNESPA \u00abEstamos Seguros\u00bb y si quieres m\u00e1s informaci\u00f3n sobre el seguro de decesos puedes visitar este <a href=\"https:\/\/www.estamos-seguros.es\/tranquilidad-es-sentirse-cubierto\/coberturas-de-decesos\/\">enlace (+)<\/a><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 A pesar de ser uno de los seguros m\u00e1s populares en Espa\u00f1a, no es el m\u00e1s conocido, y especialmente en materia de fiscalidad. 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